Periodos de espera
Además de los beneficios de tu póliza, es muy importante que recuerdes que hay padecimientos que deben cumplir con un periodo de espera.
Primer día
A partir del primer día de vigencia quedarán cubiertos los accidentes amparados, así como cualquiera de las siguientes
enfermedades, siempre y cuando no sean preexistentes.
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Cualquier accidente
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Apendicitis aguda
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Intoxicación alimentaria
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Diarrea o Gastroenteritis de origen infeccioso
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Golpe de calor (insolación)
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Derrame cerebral de origen traumático
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Infarto agudo al miocardio sin Enfermedad coronaria
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Trombosis pulmonar de origen traumático
Diez meses
- Beneficio de Maternidad
- Complicaciones del embarazo
- Cobertura del recién nacido
Tres años
Se cubrirán pasando el segundo año de cobertura continua las siguientes enfermedades o lesiones
- Hemorroides
- Padecimientos de amígdalas y adenoides
- Tratamiento médico o quirúrgico de cualquier estructura anatómica de la rodilla, excepto fracturas óseas
- Hernias, incluidas hernias de disco
- Padecimientos congénitos de asegurado nacidos fuera de la vigencia de la póliza
- Enfermedades articulares de las falanges de los pies y sus complicaciones (por ejemplo, Hallux Valgus)
- Enfermedades de columna vertebral denominadas cifosis, lordosis o escoliosis, las anteriores son de manera enunciativa, más no imitativa
- Padecimiento de vesículas y vías biliares
- Litiasis en vías urinarias
- Enfermedades ácido-pépticas incluida enfermedad por reflujo gastroesofágico
- Enfermedades en glándulas mamarias (incluye cáncer de seno)
- Trastornos del aparato reproductor femenino
Cuatro años
Y a partir del inicio del cuarto año de cobertura ininterrumpida se cubrirán los padecimientos preexistentes que declares en la solicitud de tu seguro que no hayan
presentado síntomas o generado gastos durante ese período; recuerda que es muy importante que no pertenezca a los siguientes grupos.
- Condiciones crónico degenerativas como cardiovasculares, respiratorios, diabetes mellitus y/o trastornos metabólicos, hipertensión arterial, así como
autoinmunes, insuficiencia renal, cáncer, hepatopatías, SIDA/VIH, osteomusculares, afecciones de la columna, enfermedades del Sistema Nervioso Central, Periférica y afecciones vasculares
cerebrales.
Estas coberturas son un extracto representativo de las condiciones generales de tu futura póliza, para mayor detalle sobre el alcance, beneficios y exclusiones del
producto puede consultar las condiciones generales en www.mnyl.com dentro de la sección de seguros de gastos médicos individual.
También debes considerar que lo siguiente no estará cubierto:
- Accidentes o enfermedades originadas mientras se está prestando servicio en cualquier cuerpo militar o de seguridad.
- Lesiones que se produzcan al cometer un delito intencionalmente.
- Lesiones que el mismo Asegurado cause a su persona de forma intencional o por intento de suicidio.
- Accidentes por participar en carreras de resistencia o velocidad en vehículos de cualquier tipo.
- Enfermedades derivadas del alcoholismo o toxicomanías, así como tratamientos para combatir adicciones.
- Tratamientos para reducir o aumentar de peso, evitar o corregir la calvicie, mejorar defectos de carácter estético, para cambiar de sexo, para evitar corregir la impotencia sexual, para
evitar o procurar la procreación.
- Tratamientos psiquiátricos o psicológicos.
- Tratamientos experimentales.
- Acupuntura.
- Zapatos ortopédicos y similares, así como reposición de prótesis por descuido o mal uso.
- Lentes de contacto o aparatos auditivos externos.
- Trastornos de refracción ocular.
- Cámara hiperbárica.
- Check-up.
Nota: para conocer todas las exclusiones consulte las Condiciones Generales de su póliza.